Obligación de pago por Juan Díaz Pareja a Catalina de Acosta morena, de 225 pesos de plata corriente, que le debe por la compra de una esclava y otras mercaderías.
Obligación de pago por Juan de la Vega en favor de Sebastián de Canseco, 544 pesos de plata corrientes por una deuda de 1845 pesos por la compra de una chácara y ganado, que se encuentra a seis leguas de la Villa.
Obligación de pago por Juan de Torres Palomino en favor Juan Carrasco de Ayala por la compra de mina en 2000 pesos de plata ensayada y marcada, ubicada en la veta de centeno en el Cerro Rico de Potosí.
Obligación de pago por Cristóbal de Medina y Barbola de Ayala esposos en favor de Juan Velásquez de Azevedo, de 380 pesos de plata corriente por el precio de varias mercaderías que compraron.
Obligación de pago por Martín de la Piedra en favor de Alonso de Carmona a nombre de Juan Román 192 pesos y un tomín de plata ensayada y marcada por la compra de ropa de abasca.
Obligación de pago por Juanes de Arteaga en favor de Martín Domínguez, 200 pesos de plata ensayada y marcada por deuda a Francisco Serrano y Francisco de la Cueva por la compra de veinte varas de mina.
Obligación de pago por Melchor de Vitoria escribano en favor de Rodrigo de Escobar mercader 1880 pesos de plata corriente por cincuenta y cuatro varas de tafetanes, tres libras de seda de colores, treinta sombreros y otras mercaderías.
Obligación de pago por Luis Hernández y Hernando Márquez en favor de Lucas Lobo por la deuda de Francisco Martínez Boticario residente en la ciudad de La Plata, de 500 pesos de plata corriente por la compra de medicinas, de los réditos de la compa...
Obligación de pago por Andrés Pareja en favor de Pedro de Arroyo, 640 pesos y dos tomines de plata corriente, por ciento y noventa siete fanegas de harina de maíz, con un costo de tres pesos y dos tomines de plata corriente cada fanega.
Obligación de pago por Bartolomé de los Ríos en favor de Luis de Frías, 268 pesos de plata corriente, por cancelación de deuda a Diego de Gamarra como fiador de Luis de Frías.