Obligación de pago Juan Barba en favor de Tomé Méndez de 559 pesos y dos tomines de plata corriente por la compra de 179 cargas y una arroba de harina de trigo.
Contrato que realizan entre Martín de Tarifa con Isabel Napoma natural de Chaqui para que trabaje a su servicio por tiempo de un año pagando 25 pesos de plata corriente le proveerá de alimento, dos vestidos de abasca y cumbe y curar sus enfermedades.
Obligación de pago por Francisco Moreno deudor y Pedro Hernández Colmenero fiador en favor de Juan Antonio Corzo de 3446, un tomín y tres gramos de plata ensayada y marcada por razón de la compra de mercaderías.
Obligación de pago por Bartolomé Pletel mercader en favor de Juan Antonio Corzo vecino de Sevilla y Carlos Corzo de diez y nueve mil y cuarenta dos pesos y cuatro tomines de plata ensayada y marcada del resto de 57127 pesos y cinco tomines de pla...
Obligación de pago por Francisco de Nava deudor y Francisco Mañoso fiador en favor de Antonio de Alvarez 1584 pesos de plata ensayada y marcada por razón de diez y ocho telas de cedazos de plata.
Obligación de pago por Gaspar de Borja deudor y Rodrigo González fiador en favor de Miguel de Villarrubia de 173 pesos de plata ensayada y marcada por el resto de 570 pesos ensayados por la compra de mil quintales de relaves.
Obligación de pago Roque de la Rubiden en favor de Álvaro de Alcozer y Gonzalo de Luque de 252 pesos de plata ensayada y marcada por razón de veinte un botijas de diacitrón en caldo.
Obligación de pago por Tomás Hernández mercader en favor de Diego Hernández Hidalgo, Francisco López clérigo y Gil de Villarrubia de 3169 pesos y siete tomines de plata ensayada y marcada por razón de 188 botijas de vino de castilla y mercaderías.
Obligación de pago por Tomás Dicheo deudor y Martín de la Coba fiador en favor de Francisco Palomino de Cárdenas de 1500 pesos de plata corriente por el préstamo que los hizo.
Obligación de pago Tomás Hernández mercader y Martín Puerta en favor de Gil de Villarrubia de 459 pesos y cuatro tomines de plata ensayada y marcada por razón de veintiocho arrobas y siete libras de carne membrillo.